- Una herida que despertó a la ley.
- Un acto de violencia contra una mujer herida a través de su perro.
Por primera vez en la historia judicial de Colombia la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena penal por maltrato animal.
El protagonista no es un poderoso litigante, ni una figura pública, es Chester, un perro criollo que en 2020 recibió un machetazo en hechos ocurridos en una vereda de Santander como resultado de un conflicto familiar por la tenencia de tierras.
Su historia, teñida de dolor, terminó por convertirse en un hito legal. Esta decisión no sólo honra su sufrimiento, sino que redefine el alcance de la justicia penal en nuestro país.
El agresor fue el hermano de su cuidadora, Blanca Amelia, una mujer campesina que convivía con tres animales de compañía. El ataque no fue un hecho aislado. Fue la descarga de una violencia estructural que eligió como blanco al más indefenso del entorno.
LOS HECHOS
Chester recibió una herida de 20 centímetros en el cráneo, perdió la visión, pero sobrevivió gracias a la intervención veterinaria. A partir de ese momento comenzó un largo proceso judicial de cinco años: una absolución inicial para su agresor, una condena en segunda instancia y, finalmente, la confirmación del fallo por la máxima autoridad penal del país. La justicia, aunque cojeando, llegó.
La Corte Suprema de Justicia, en esta Sentencia, no solo confirmó la condena, sino que trazó el primer gran precedente en la jurisprudencia penal colombiana sobre maltrato animal. Reafirmó que los animales no son objetos ni simples bienes jurídicos protegidos por razones patrimoniales, sino seres sintientes sujetos de especial protección constitucional y legal, cuyas vidas e integridad física y emocional están amparadas por el derecho penal. Vidas que importan, incluso cuando no tienen voz.
La Corte hizo una lectura amplia del artículo 339A del Código Penal, introducido por la Ley 1774 de 2016. Dejó claro que no es necesaria la muerte del animal para configurar el delito: basta con una lesión grave que comprometa su integridad física o emocional. Pero fue más allá del texto legal. Reconoció que la agresión contra Chester no fue un acto aislado, sino por un conflicto familiar por tenencia de tierras, que ahora interpretamos como un reflejo de violencias interrelacionadas, en el que una mujer es atacada a través de su animal de compañía.
En su sentencia el alto tribunal reconoce, entre líneas, que la violencia contra los animales puede entrelazarse con dinámicas de violencia intrafamiliar, patrimonial y de género.
Chester no fue atacado por ser un perro; fue atacado como forma de venganza emocional, como medio de control y sometimiento dentro de una disputa humana. Fue la víctima más vulnerable en un escenario marcado por el conflicto y, en esa violencia cruzada, su cuerpo herido se convirtió en símbolo de una verdad más grande: que quienes no pueden defenderse son los primeros en caer.
Este fallo construye un puente entre el derecho penal y una ética más amplia, que nos obliga a mirar de frente las estructuras de poder que permiten y perpetúan el sufrimiento. La Corte recordó que la justicia debe estar al servicio de los más vulnerables, humanos o no humanos. Cada paso judicial recorrido en este caso es también un paso civilizatorio. Chester ya no es una anécdota trágica. Es jurisprudencia viva.
La sentencia se enmarca en un contexto normativo que ha evolucionado de forma significativa: la Ley 1774 de 2016 reconoció a los animales como seres sintientes y penalizó su maltrato; más recientemente, la Ley 2455 de 2025, conocida como la Ley Ángel, endureció las sanciones, introdujo nuevos agravantes, cerró resquicios de impunidad y creó nuevas herramientas para la defensa judicial de los animales. Hoy Chester está amparado por una arquitectura legal que se fortalece tanto en la práctica institucional como en la conciencia social.
Pero este fallo va más allá del Código, es una jurisprudencia viva que interpela nuestra ética colectiva. ¿Qué clase de sociedad permite que los animales sean utilizados como instrumentos de venganza, como daños colaterales de los odios humanos?
Chester, con su cuerpo herido y su mirada ausente, nos obliga a ver lo que hemos ignorado durante siglos: que el dolor de los animales también debe importar en el derecho, que su protección no es un gesto simbólico sino una exigencia de justicia.
En un planeta suspendido en la vastedad del cosmos compartimos esta pálida esfera azul con millones de especies. Algunas ladran, otras aún no las hemos aprendido a escuchar, pero todas sienten y sentir es razón suficiente para ser protegidas.
La decisión de la Corte Suprema es, en ese sentido, un acto de justicia cósmica: pequeño en escala, pero inmenso en significado. Como si, en el rincón más discreto del sistema judicial colombiano, se hubiera encendido una estrella de sentido.
Desde el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) celebramos este precedente con compromiso y esperanza. Seguiremos representando a las animales víctimas, asesorando a la ciudadanía, capacitando funcionarios, interponiendo denuncias y promoviendo una justicia sensible, empática, rigurosa. Una justicia que no sólo sancione, sino que también escuche. Una justicia que comprenda que detrás de cada caso hay un ser que siente.
Porque la justicia puede cojear, pero también puede aprender a correr. Y cuando lo hace, puede llegar justo a tiempo para salvar una vida que todos daban por perdida.
Chester es la prueba de que vale la pena insistir, persistir y creer que el derecho puede, algún día, abrazar la totalidad de lo viviente.
Por Yuly Patricia Castro Beltrán
Jefa de la Oficina Jurídica del IDPYBA.